Bombardeos de la OTAN en ex-Yugoslavia y papel del Tribunal Penal Internacional

11/11/2000
Subcomisión de los Derechos Humanos

Intervención al tema 9c) : la administración de justicia y los derechos humanos. Exposición presentada por escrito por la AAJ y por el CETIM.

E/CN.4/Sub.2/2000/NGO/18

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I. El 2 de junio del 2000 la Sra. del Ponte informó al Consejo de Seguridad que había decidido no abrir una investigación sobre los denuncias formuladas contra la OTAN. Los fundamentos de dicha decisión figuran en el “Final Report to the Prosecutor by the Committe Established to Review the NATO Bombing Campaing Against the Federal Republic of Yugoslavia”. La señora del Ponte hizo suyos el contenido y las conclusiones del informe.

En todos los temas abordados el Comité arriba a la misma conclusión: no se justifica iniciar una investigación.Se analiza a continuación el Capítulo IV (Evaluación) del informe.

II. Daños al medio ambiente. El Comité (párr. 16) cita el informe de la Balkan Task Force establecida por el PNUMA, donde se dice que el conflicto no produjo una catástrofe ecológica en el conjunto de los Balcanes pero que en diversos lugares se identificó una contaminación ambiental como consecuencia de dicho conflicto.

Los daños fueron extensos (se produjeron en distintas regiones), duraderos (si no se actúa de inmediato, dice la Task Force, habrá daños a la salud y al medio ambiente) y graves.

Están pues reunidos los elementos subjetivo (ataque deliberado) y objetivo (daños al medio ambiente que causan O SE PUEDE ESPERAR QUE CAUSEN daños extensos, duraderos y graves al medio ambiente natural) del crimen (arts. 35, inc. 3 y 55 inc. 1 del Protocolo I de los Convenios de Ginebra).

III. Uso de proyectiles con uranio empobrecido. El Comité dice que no existe un tratado que prohiba expresamente la utilización del uranio empobrecido (párr. 26).

Aunque hay controversia sobre los efectos del uranio empobrecido, existen estudios autorizados (que el Comité no menciona) sobre las graves consecuencias que su utilización apareja, incluso los causados sobre soldados estadounidenses que participaron en la guerra del Golfo. De modo que son perfectamente aplicables al caso los arts. 35, inc. 3 y 55 inc. 1 del Protocolo I: métodos o medios de guerra que causan O SE PUEDE ESPERAR QUE CAUSEN daños extensos, duraderos y graves al medio ambiente natural. Por cierto que el Comité omite mencionar el inquietante informe sobre el tema de Bakary Kante, consejero principal del Director general del PNUMA, que nunca fue hecho público oficialmente, pero que todos conocen.

IV. Utilización de bombas de dispersión (cluster bombs). El informe del Comité reconoce (párr. 27) que hay una fuerte tendencia a equiparar a las minas antipersonal (prohibidas por la Convención de Ottawa de 1997) las pequeñas bombas contenidas en las “cluster bombs” que quedan en el suelo sin estallar. Aunque el Comité no lo dice, es evidente que a las bombas de dispersión se les puede aplicar el artículo 36 del Protocolo I, relacionándolo con la Convención de Ottawa.

El Comité desecha la aplicación de una jurisprudencia del Tribunal para Yugoslavia (caso MARTIC, 8 de marzo de 1996, párr. 18) sobre la utilización de bombas de dispersión, porque a su juicio la OTAN no usó las bombas de dispersión “de la misma manera” que en el caso Martic. De donde hay que deducir que hay una “mala” utilización de dichas bombas y otra “buena”, pese a que la OTAN las utilizó en TODAS las circunstancias, incluso para atacar a los civiles.

V. Aspectos legales relacionados con la selección de los objetivos de los ataques. En este punto el Comité trata de establecer cuáles objetivos pueden considerarse militares y cuáles no, citando el artículo 52 del Protocolo I (sólo el párrafo 2 del mismo) y diversas opiniones (párrafos 35 y siguientes).

Al final del párrafo 45 el Comité señala que en la Cumbre de Washington del 23 de abril de 1999, los líderes de la OTAN decidieron “intensificar los ataques aéreos extendiendo los objetivos militares de manera que incluyeran la estructura militaro-industrial, los medios de información (“media”) y otros objetivos estratégicos…”

En el párrafo 46 el Comité cita un informe de la OTAN donde se dice que los bombardeos tenían por objeto debilitar la capacidad militar serbia, tanto estratégica como tácticamente. “Los objetivos tácticos tenían por efecto inmediato desbaratar la limpieza étnica en Kosovo y los objetivos estratégicos, tales como ministerios y refinerías, tenían un efecto a largo plazo y más amplio sobre la máquina militar serbia”.

En cuanto a los objetivos “tácticos”, ningún militar honesto dirá que se pueden alcanzar sin un enorme margen de error desde 5000 metros de altura o con misiles teleguiados.

El Comité dice que algunos de los objetivos enumerados son claramente militares, pero que el alcance preciso de “infrastructura militaro-industrial, medios de información y otros objetivos estratégicos” y “ministerios y refinerías” es poco claro.

Siguiendo este razonamiento del Comité, los bombardeos de la OTAN han alcanzado objetivos claramente militares, otros dudosos o poco claros y otros civiles alcanzados por “error”.

En cuanto a los objetivos dudosos o poco claros, el Comité se ha abstenido de citar el párrafo 3 del art. 52 del Protocolo I: “En caso de duda, un bien que está normalmente afectado a un uso civil, como por ejemplo un lugar de culto, una casa, otro tipo de habitación o una escuela, se presume que no es utilizado para aportar una contribución efectiva a la acción militar.”

En este tema de la estrategia militar de la OTAN, el Comité afirma que la jurisprudencia KUPRESKIC (14 de enero del 2000, párr. 526) del mismo Tribunal para Yugoslavia, no es aplicable al caso (párr. 52).

El Tribunal dijo en KUPRESKIC que en caso de una sucesión de ataques cuya legitimidad es dudosa, existe un efecto acumulativo que conduce a la ilegitimidad de la acción.

El Comité sostiene que una sucesión de ataques legítimos no conduce a la ilegitimidad de la acción.

EN UN COLOQUIO CELEBRADO EN LA UNIVERSIDAD DE GINEBRA EL 15 DE JUNIO DEL 2000, EN EL QUE PARTICIPARON ALGUNOS JUECES DEL TRIBUNAL PARA YUGOSLAVIA, LA PROCURADORA CARLA DEL PONTE, EL PROFESOR ANTONIO CASSESE, HASTA HACE POCO JUEZ DEL MISMO TRIBUNAL Y OTROS JURISTAS, EL PROFESOR CASSESE, ADEMÁS DE MANIFESTAR SU TOTAL DESACUERDO CON LOS ARGUMENTOS JURÍDICOS CONTENIDOS EN EL INFORME DEL COMITÉ, DIJO QUE DICHO INFORME, CON SU INTERPRETACIÓN DE LA SENTENCIA KUPRESKIC, ESTABA TRATANDO DE INCOMPETENTES A LOS TRES JUECES QUE LA DICTARON E INSINUANDO QUE LO MEJOR QUE PODÍAN HACER ES VOLVERSE A SUS CASAS (LA CITA ES CASI TEXTUAL).

VI. Evaluación general de los bombardeos. En el párrafo 54 el Comité compara la cantidad de ataques y de bombas lanzadas con la cantidad de víctimas civiles (que estima en 500) y concluye que dichas cifras no indican que la OTAN haya conducido su campaña de modo de provocar pérdidas civiles substanciales, ya sea directa o indirectamente.

El Comité concluye el párrafo afirmando que la OTAN con sus ataques intentó alcanzar objetivos que percibió como militares y legítimos. El Comité estima (párr. 56) que la altura desde la cual se realizaron los ataques no es en sí ilegal, pero que la OTAN tenía el deber de tomar medidas factibles para distinguir los objetivos militares de los civiles.

Reconociendo que desde 15000 pies (casi 5000 metros) de altura no se puede verificar el objetivo a simple vista, el Comité concluye que con la moderna tecnología se hizo efectiva la verificación en la gran mayoría de los casos.

Esta afirmación se contradice con datos contenidos en el análisis que hace el mismo Comité de casos particulares, de donde surge que, sin ninguna explicación valedera, la OTAN en varias oportunidades no utilizó los medios técnicos disponibles para verificar el carácter militar de los objetivos.

VII. Incidentes en particular. El Comité comienza por afirmar (párr. 57) que no ha encontrado ningún incidente que justifique la apertura de una investigación y analiza cinco de ellos que -a su juicio- son los que más podrían prestarse a discusión.

1. Ataque a un tren de pasajeros sobre un puente (Grdelica). El Comitéreconoce que se ha dicho que los vídeos del ataque (que exhibió el general Wesley Clark en una conferencia de prensa para justificar el “error”) fueron traficados (se aumentó la velocidad de las imágenes 2,7 veces) para ocultar la responsabilidad del atacante. Pero el Comité oculta que dicha alteración fue reconocida como una “aceleración normal” en una conferencia de prensa con la participación del Almirante Quigley, en la Oficina del Secretario Adjunto de Defensa en Washington, el 6 de enero del 2000.

Por otra parte, el Comité, si bien trata de justificar el “error” (siguiendo la argumentación de la OTAN), no pretende justificar el lanzamiento de la segunda bomba cuando el atacante ya había visto el tren y dice simplemente que no merece una investigación (párr. 62), ignorando el art. 57 del Protocolo I (precauciones en el ataque), especialmente el inciso 2, apartado b): “un ataque debe ser anulado o interrumpido”.

2. Ataque a una columna de refugiados albaneses. Fueron cinco ataque sucesivos lanzados en pleno día durante una hora y media (párr. 65). El Comité admite que recibió un informe según el cual la TV yugoslava tendría un registro de la conversación entre los pilotos de donde surge que fueron informados que la columna estaba formada por civiles (párr. 66). Habiendo citado el informe de la OTAN según el cual los pilotos observaron el objetivo a simple vista (párr. 64) el Comité no se pregunta por qué no utilizaron los medios electrónicos de verificación y cómo pudieron confundirse en pleno día sobre la naturaleza de la columna pese a haberla atacado en cinco oportunidades sucesivas.Algunos sobevivientes informaron a periodistas extranjeros que en el ataque se utilizaron bombas de dispersión (cluster bombs).

3. Ataque al estudio central de la Radiotelevisión de Belgrado. Ya se ha citado más arriba el párrafo 45 del informe del Comité donde se dice que en la Cumbre de Washington del 23 de abril de 1999, los líderes de la OTAN decidieron atacar a los medios de información.

En el párrafo 74 el Comité cita una declaración de la OTAN del 8 de abril de 1999 según la cual los estudios de TV serían atacados salvo que emitieran información de fuente occidental sin censura 6 horas por día. No puede caber duda alguna entonces que la OTAN atacó el estudio de televisión en su calidad de medio de información, provocando la muerte de periodistas y personal técnico, lo que constituye una violación del artículo 79 del Protocolo I, que el Comité se abstiene de mencionar.

Pero el Comité se esfuerza por demostrar -siguiendo la línea argumental adoptada por la OTAN después del ataque- que el estudio de TV era una parte importante de la red de comunicación militar y que su destrucción podía asestar un golpe importante a dicho sistema.

El Comité concluye este punto sosteniendo que el estudio de televisión fue un objetivo legítimo y que el número de víctimas civiles fue alto pero no claramente desproporcionado (párr. 77).

4. Ataque a la embajada china. El Comité hace suyas todas las explicaciones de la OTAN sobre su presunto “error” y no se plantea ningún interrogante frente a las explicaciones inverosímiles de la OTAN.

5. Ataque al pueblo de Korissa. Los corresponsales extranjeros que estuvieron en Korissa enseguida después de la masacre de civiles no vieron material militar alguno y uno de ellos afirmó por la televisión francesa que era imposible confundir ese lugar con un objetivo militar.

Las explicaciones de la OTAN le bastan al Comité para concluir que se trataba de un objetivo militar legítimo (párr. 89).

El Comité pretende ignorar que el ataque a Korissa violó la indicación del art. 52.3 del Protocolo I: en caso de duda, un bien que está normalmente afectado a uso civil debe presumirse que no es utilizado para fines militares.

Estos son, a juicio del Comité, los cinco ataques más controvertidos. El Comité no consideró útil analizar los ataques a hospitales, aunque menciona algunos al principio del informe.

Además, el Comité ignora uno de los episodios más odiosos de la guerra aérea: el ataque al puente de Varvarin un domingo a mediodía. El primer ataque al puente causó varios muertos y heridos, todos civiles, y el segundo ataque alcanzó a quienes prestaban socorro a las víctimas del primer ataque. Un objetivo “legítimo” según la OTAN.

IX. El Comité concluye el informe estimando confiables las declaraciones y honestas las explicaciones de la OTAN y recomienda que no se inicie investigación alguna.

X. En el ya mencionado coloquio del 15 de junio en la Universidad de Ginebra, la Sra. del Ponte anunció que se le había requerido que investigara algunos crímenes atribuídos al UCK y dijo, sin agregar explicación alguna, que no lo haría porque terminada la guerra el Tribunal no tenía más competencia en Kosovo. La Procuradora pretende ignorar que en Kosovo existe actualmente un conflicto armado interno y que el Tribunal es competente de conformidasd con con su Estatuto, con el artículo III común de los cuatro Convenios de Ginebra y con la jurisprudencia del mismo Tribunal para Yugoslavia, que ha definido los conflictos armados internos.

XI. Se puede concluir que para intentar legitimar la doctrina militar vigente, oficialmente proclamada en los Estados Unidos y por extensión en la OTAN (guerra total contra el enemigo consistente en aterrorizar a la población civil con bombardeos diurnos y nocturnos y en destruir toda la infraestructura civil, en particular los servicios esenciales como agua, electricidad, hospitales, etc., sin asumir riesgos (cero muertos) y violando por consiguiente de manera sistemática el derecho internacional humanitario) el informe de la señora del Ponte ignora o tergivera los hechos, las normas y la doctrina aplicables, disimula pruebas, incurre en contradicciones despreciando las reglas elementales de la lógica e incluso cuestiona la jurisprudencia del mismo Tribunal para Yugoslavia.


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