Declaración oral sobre cooperación internacional

22/02/2017

Esta declaración está presentada en nombre de CETIM y de Homa (Centro de Derechos Humanos y Empresas de la UFJF), miembros de la Campaña global para reivindicar la soberanía de los pueblos, desmantelar el poder de las transnacionales y poner fin a la impunidad.

Madame Chair,

En el ámbito de este panel, nos gustaría destacar algunas preocupaciones, producto de una investigación conducida desde Homa, acerca de los Pincipios Rectores y los Planes Nacionales de Acción.

La decisión del Grupo de Trabajo sobre Empresas y Derechos humanos, basado sobre los princípios de John Ruggie, em 2012, expressa em su primer informe anual al Consejo de Derechos Humanos, aconsejando los Estados a desarrollar Planes Nacionales de Acción como parte del processo de implementación de los Principios Rectores, demuestra un bajo nivel de exigencia en avances a corto y medio plazo, no estableciendo exigencias concretas, ni determinando normativas internacionales que deban ser respectadas y ratificadas por los Estados, manteniendo todas sus orientaciones en un plan general abstracto. De esta manera, los Planes Nacionales de Acción transmiten un mensaje muy claro, señalando el foco en la relación del Estado con los Derechos Humanos, y reforzando la idea de que las empresas no poseen obligaciones, solamente responsabilidades morales de carácter secundário.

De acuerdo con el Grupo de Trabajo, el proceso para el desarrollo de Planes Nacionales debe contener cuatro requisitos esenciales: los Planes deben ser obligatoriamente basados en los Principios Rectores; deben ser contextualizados específicamente en la realidad de cada Estado; necesitan venir de procesos dotados de transparencia y diálogo; y deben contar con revises y actualizaciones periódicas, correspondiendo siempre al dinamismo y a la evolución de nuevas realidades.

Desde del año de 2013, siete países lanzaron sus respectivos Planes, a saber: Reino Unido (set/2013); Países Bajos (dic/2013); Dinamarca (abr/2014); ,Finlandia (oct/2014); Lituania (feb/2015); Suecia (ago/2015) y Noruega (oct/2015) y dos países están con los Planes listos, pero tienen todavía pendencias finales en la aprobación nacional para el lanzamiento: Italia (mar/2014) 17 y España (jul/2014) 18 . Hasta el presente momento, solamente Colombia, como país del sur global, ha lanzado un Plan Nacional, aunque diversos Estados estén en processo de desarrollo de su propio documento, entre ellos Argentina, México y Brasil, que declara internacionalmente que posee un proceso en elaboración.

Apesar de que los Planes sean considerados por el Grupo de Trabajo un “elemento clave” para la concretización y difusión y sean comprendidos como un vehículo para mapear y destruir los obstáculos y potenciar las buenas experiencias para el cumplimento de obligaciones en la protección de los Derechos Humanos en lo que concierne a las actividades de las empresas de manera coherente (UNWG, 2014, p.5, par.15), nuestra investigación há demosntrado graves problemas, tanto métodológicos en el processo de elaboración de los Planes( processos poco democráticos y sin transparencia), cuanto de contenudos. Ellos simplesmente no llenan las lacunas ya presentadas por los Princípios Rectores, como regras de extraterritorialidad, y obligaciones directas paras las empresas por violaciones de derechos humanos.

Hay un outro problema con relación a América Latina, como ocurre en Colombia y hasta este momiento en Brasil, que la complementaridad entre mecanismos no vinculantes (Principios Orientadores) y vinculantes (tratado)no ocurre de facto. Los Estados están utilizandose del argumento de elaboración de los Planes Nacionales para no involuncrarse seriamente en la negociación del Tratado. Nuestra propuesta, entonces, es que reforcemos la necesidad del tratado y la insuficiencia de los Principios Rectores o Planes Nacionales.

Gracias!

27 de Octubre 2016

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