El CETIM focaliza su acción en la promoción y aplicación de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC), en particular en la perspectiva de las poblaciones más vulnerables y marginadas. Estos derechos son la columna vertebral de los derechos humanos y una poderosa herramienta para avanzar hacia un modelo de desarrollo sostenible y equitativo para todos los pueblos. Aplicados correctamente, estos derechos contribuyen al respeto de la dignidad humana y a la consecución de la justicia social. Por el contrario, la violación de cualquiera de ellos puede poner en peligro el disfrute de todos los demás derechos humanos.
La universalidad, indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos están consagradas en los instrumentos internacionales. Sin embargo, aún estamos lejos de su aplicación efectiva para todas y todos, y los DESC se encuentran entre los peor parados. En efecto, las necesidades básicas (alimentación, agua, salud, vivienda, educación) de un tercio de la humanidad siguen sin estar cubiertas. En el marco de la globalización neoliberal y de la crisis multidimensional del sistema económico dominante, la situación incluso se ha deteriorado. Esto se debe a que las políticas adoptadas a nivel económico acentúan las violaciones de los DESC y provocan:
– el aumento de la pobreza
– desigualdad creciente en todo el mundo
– crisis múltiples (políticas, económicas, financieras, medioambientales, sociales y culturales).
Por definición, los derechos humanos están concebidos para proteger a los ciudadanos de las acciones arbitrarias de los más fuertes y de sus gobiernos
La crisis sanitaria internacional vinculada al COVID-19 no ha hecho sino agravar esta situación. También ha puesto de manifiesto la importancia de aplicar políticas públicas basadas en los DESC. En particular, el derecho a la salud, el derecho a la vivienda, el derecho a la alimentación, el derecho al agua, el derecho al trabajo, el derecho a la educación y el derecho a la seguridad social.
Pero para que los derechos humanos se respeten mejor, hay que conocerlos, exigirlos y hacerlos respetar. Sin embargo, a menudo las víctimas desconocen sus derechos y los mecanismos de que disponen para obtener reparación (a escala nacional, regional o internacional). Los Estados, que tienen la obligación de informar y educar a sus ciudadana.os en materia de derechos humanos, a menudo no cumplen con su deber.
Por ello, es crucial el cometido que desempeñan las organizaciones de la sociedad civil y los movimientos sociales en la educación y formación en materia de derechos humanos para
- denunciar las violaciones de los derechos humanos
- contribuir a la aplicación de las normas existentes.
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Acceder al cuaderno crtítico en PDF Presentación El respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales, sin distinción por razón de raza, sexo, lengua o religión, forma parte de los fines de las Naciones Unidas (art. 3 de la Carta). Desde 1946, la ONU creó la Comisión de Derechos Humanos (ver anexo 1) quien […]
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CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS 6ª sesión, 2ª parte 10 de diciembre – 14 de diciembre de 2007 [Extracto de la declaración] En primer lugar, todos los artículos y derechos reconocidos en el Pacto deben poder ser objeto de comunicaciones individuales y/o colectivas ante el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Esto es imperativo, dado […]
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