Comentarios sobre la sesión del grupo de trabajo sobre el derecho al desarrollo

18/03/2002

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS
58.º período de sesiones
18 de marzo – 26 de abril de 2002

[Extracto de la declaración]

Al hacerlo, el experto desvirtúa por completo la Declaración, cuyo artículo primero define el derecho al desarrollo como «un derecho inalienable del ser humano en virtud del cual todas las personas y todos los pueblos tienen derecho a participar y contribuir a un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y todas las libertades fundamentales, y a beneficiarse de ese desarrollo». »

Leer la declaración oral del CETIM en francés

Categories Campañas Declaraciones Derechos economicos, sociales y culturales DERECHOS HUMANOS
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