El instrumento internacional jurídicamente vinculante debe enfocarse en las ETNs

07/07/2015

Señora Presidenta:
Con la globalización de la economía, las empresas transnacionales (ETNs) se han convertido en actores importantes, poderosos e ineludibles en el marco de la globalización económica y sus actividades son fuente, directa o indirectamente, de numerosas vulneraciones de derechos humanos. A día de hoy, algunos cientos de ETNs controlan las bases de la producción y de la comercialización de bienes y servicios a escala mundial. Se calcula que el 80% del comercio tiene lugar en el marco de cadenas de valor vinculadas a las ETNs. Esta posición les otorga un poder sin precedentes en la historia. Y lo que es más, la transformación de las actividades bancarias y la concentración del capital financiero en manos de algunas entidades transnacionales son ahora una amenaza no solo para la economía real sino también para la democracia. Además, se ha demostrado que uno de los obstáculos más grandes para la plena realización de todos los derechos humanos, especialmente de los derechos económicos, sociales y culturales, lo constituye la concentración de los poderes económico y político en manos de estas entidades.

Las ETNs emplean una estructura transnacional y una organización compleja para evitar las jurisdicciones nacionales y eludir sus responsabilidades en materia de violaciones de los derechos humanos, de legislación laboral y de los daños causados al medio ambiente, pero también para esquivar la fiscalidad. Recurren, además, a la corrupción y, en ocasiones, a grupos paramilitares, para silenciar toda oposición a sus proyectos. Así, se hace extremadamente difícil seguir la cadena de responsabilidades en lo referente a las violaciones de derechos humanos y los crímenes cometidos.

En realidad, las ETNs se han arrogado, con la complicidad de determinados Estados poderosos, todos los derechos y beneficios mediante múltiples acuerdos comerciales y sobre las inversiones, al tiempo que eluden toda responsabilidad vinculada a sus actividades, dado que a menudo la vierten sobre sus filiales, licenciatarios o subcontratistas, cuando no recurren al Estado.

Al margen de la voluntad política o de la complicidad de las autoridades públicas, según los países y las circunstancias, numerosos Estados son a menudo vulnerables ante el poder económico de las ETNs. Efectivamente, algunas de ellas son más ricas y poderosas que los Estados que tratan de regularlas. Sencillamente, la mayoría de los Estados no tienen esta capacidad. Así, los Estados Unidos acaban de hacer pagar 18.700 millones a la petrolera BP por la marea negra del Golfo de México de 2010. Entre tanto, las víctimas de Chevron en Ecuador siguen esperando justicia y reparación tras veintidós años de litigios y a pesar de una sentencia de la justicia ecuatoriana.

La dimensión Norte-Sur de este problema es evidente. Más del 80% de las ETNs tienen su sede en un país del Norte y la inmensa mayoría de estos crímenes impunes se cometen en países del Sur.

Además, actualmente no existe ningún mecanismo internacional que permita controlar y sancionar a estas entidades. Al contrario, numerosos tratados de libre comercio y de inversiones permiten que estas empresas ataquen incluso a los Estados a nivel internacional por cualquier decisión pública contraria a sus intereses, sus inversiones, o incluso sus beneficios futuros. Es el caso de Egipto, que recientemente ha sido condenado por haber aumentado el salario mínimo de 41 a 72 euros. Por su parte, el grupo sueco Wattenfall reclama cerca de 5.000 millones de euros a Alemania en calidad de «indemnización» por su decisión de salir de la energía nuclear de aquí a 2020. Existe, por tanto, una gran asimetría a nivel internacional entre los instrumentos de los que se benefician las ETNs para defender sus intereses y aquellos de los que disponemos para garantizar el respeto de los derechos humanos, el derecho laboral y las normas de protección del medio ambiente.

Señora Presidenta:
Las ETNs no están y no pueden estar por encima de las leyes. Sin embargo, así es en la práctica. Es hora de que esto cambie. El mandato del grupo de trabajo prevé la elaboración de un instrumento internacional jurídicamente vinculante para las ETNs. Es una oportunidad que no podemos perder para satisfacer las lagunas del derecho internacional al respecto. En este contexto, el instrumento en cuestión deberá establecer claramente la obligación de las ETNs de respetar las normas internacionales en materia de derechos humanos, de derecho laboral y de protección del medio ambiente. También deberá establecer la responsabilidad solidaria de las ETNs con sus cadenas de filiales, subcontratistas, licenciatarios y empresas locales que controlan de facto.

Además, deberá especificar las medidas que los Estados deberían tomar a fin de garantizar que las ETNs respeten sus obligaciones. Entre estas medidas, tendrían que preverse sanciones en los ámbitos penal y civil para estas entidades y sus principales dirigentes. Los Estados deben asegurarse de que las ETNs con sede en su territorio respetan sus obligaciones cuando operan en el extranjero. Los Estados deben garantizar también el acceso a la justicia de las víctimas, incluida la justicia de los países en los que se encuentran las sedes de las ETNs, por las violaciones cometidas en terceros países.

Señora Presidenta:
Ayer escuchamos a ciertos Estados que solicitaban la participación directa de las ETNs en el debate. Por los motivos que ya hemos mencionado, es inconcebible que estas entidades participen en el proceso. Es más, no existe ninguna razón objetiva para ello. En efecto, las ETNs no son entidades democráticas y transparentes, ni titulares de derechos humanos. Por definición, son entidades que defienden sus intereses particulares y no el interés general. Resulta por ello inconcebible que las ETNs participen en un proceso del que serían a la vez juez y parte.

Señora Presidenta:
Desde hace más de cuarenta años, todos los intentos en el seno de las NN.UU. de una regulación vinculante de las actividades de las ETNs han sido fallidos. En un contexto de conflictos abiertos, exacerbados o latentes, puede que este grupo de trabajo sea la última oportunidad que tengamos. Puede que sea también la última oportunidad de recuperar la confianza de los pueblos y los ciudadanos en las instituciones políticas. Dicha regulación permitirá también a los Estados, víctimas de las ETNs, recuperar su soberanía.

Ginebra, a 7 de julio de 2015

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